Cuando
decides poner un negocio , los trámites en general son:
□En
este caso es el de una cafetería, entonces el tipo de servicio que estás
ofreciendo es de una persona física con actividad empresarial. Después de
tener claro esto debes visitar el módulo del SAT más cercano para informarte de
los pasos para enlistarse.
□En
el caso de tener empleados y ofrecer seguro social, debes registrarlos en el
padrón empresarial del IMSS.
➜Permisos
para tu local, necesitas:
- Certificado o Licencia de uso de suelo (en tu ayuntamiento local).
- Aviso de Declaración de Apertura o licencia de funcionamiento
- Licencia para venta de alcohol (si decids integrarlo a tu menú).
- Permisos de la Secretaría de Salud.
- Apertura de Establecimiento de la Secretaría de Salud.
➜En
el caso de importar café:
- Inscripción en el padrón de importadores.
- Si la municipalidad o delegación donde estará ubicado tu negocio lo ha implementado y acude a la oficina del SARE correspondiente. En este módulo te asistirá un funcionario para:
- Identificar si tu negocio realmente se considera de bajo riesgo, ya que los municipios establecen su propio catálogo de giros (en base a los criterios del SARE).
- Llenar una solicitud, proporcionar los documentos establecidos como requisitos para iniciar el trámite y realizar el pago de derechos correspondiente.
PARA EL PERMISO DE FUNCIONAMIENTO
- Licencias de Funcionamiento. Si en tu cafetería estas planeando vender también bebidas alcohólicas requerirás pedir licencia de funcionamiento, pero como en el caso de la mayoría de las cafeterías no sucede esto, no requieres este trámite para tal permiso, verifica si requieres otros funcionamientos.
- Anuncios exteriores. El costo de este trámite depende del tamaño y tipo de tu anuncio, es importante realizarlo.
- Registro Federal de Contribuyentes para darte de alta en Hacienda bajo el régimen que mejor te convenga. Tanto si tu negocio es una persona moral (es decir una empresa constituida – primero deberás constituirla ante un notario o un corredor público), como una persona física deberás hacer una cita en el SAT para que acudas puntualmente y te puedan ayudar con RFC, así te darán tus obligaciones ante hacienda.

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